La facturación instantánea es una facilidad administrativa que beneficia a los contribuyentes: Contadores.


*Los contribuyentes cumplidos no tienen por qué temer de usar sus plásticos.

La facturación instantánea es una facilidad administrativa que beneficia a los contribuyentes: Contadores.

Temas ECONOMÍA

Enero 11, 2020 17:40 hrs.
Economía ›
MARY CASTRO › Mi Diario Nayarit

Por Mary Castro

Miguel Ángel González Molina, Presidente del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Nayarit explicó a medios de comunicación la medida denominada ’factura instantánea’ que, desde su anuncio en noviembre pasado, ha generado una serie de dudas entre los contribuyentes y la población en general.

’Esta nueva herramienta es para facilitar la emisión de los comprobantes fiscales para las personas que así lo requieran, cada establecimiento y consumidor decidirán si expiden o solicitan la factura instantánea al pagar con sus tarjetas de crédito o débito y no aplica para tarjetas departamentales’.

’Los contribuyentes cumplidos no tienen por qué temer de usar sus plásticos ya que con esta medida estarán al día con sus declaraciones de forma sencilla’, agregó González Molina; ’la medida no aplica en pagos en efectivo, no sustituye la facturación actual y no significa persecución contra los contribuyentes’.

’El fisco no perseguirá a nadie por el hecho de utilizar los medios electrónicos de pago, sin embargo, podrán ser multados aquellos contribuyentes que caigan en el supuesto de la discrepancia fiscal, es decir, cuando los gastos excedan el monto de los ingresos’, aseguró quien preside el CCPN desde noviembre del 2019.

En relación a lo que circula en redes sociales, González Molina recomienda que antes de compartir o difundir cualquier información se confirme que es fidedigna y asesorarse con profesionales que conocen de la materia, ’el Colegio de Contadores Públicos del Estado de Nayarit está a sus órdenes para apoyarles’.

Las reformas fiscales incluyen, además, un aumento a la tasa de retención de intereses a los ahorros en bancos, un impuesto que cobra de manera directa el banco y lo entera al Servicio de Administración Tributaria, SAT; y la retención a personas físicas que presten servicios a través de plataformas digitales.

’Por ejemplo, transporte de pasajeros privado o renta de hospedaje. También se cobrará el Impuesto al Valor Agregado, IVA, a quienes tienen estas cuentas de servicios; todos estos gravámenes se realizarán de manera automática’, concluyó Miguel Ángel González Molina, presidente del CCPN.




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