Corte "echa abajo" decreto sobre fiesta taurina y peleas de gallos
La Suprema Corte de Justicia de la nación determinó que el Estado de Nayarit carece de facultades para declarar a la ’fiesta taurina’ y las peleas de gallos’ como patrimonio inmaterial.
Fue la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que otorgó un amparo contra el Decreto del Estado de Nayarit en el que se declaró a la ’fiesta taurina’ y a ’las peleas de gallos’ como patrimonio cultural inmaterial de este estado.
La mencionada Sala expuso que esa facultad para emitir ese tipo de declaratorias no le corresponde al Estado de Nayarit, sino a la Federación, ello de acuerdo a la interpretación que se hizo a la Constitución Federal y la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.
Es así que el Decreto resultó inconstitucional pues el Estado de Nayarit no cuenta con la facultad de declarar a la ’fiesta taurina’ y a las peleas de gallos# como patrimonio cultural inmaterial.
La Sala precisó que este amparo no se resolvió ’si se deben o no ser prohibidas legalmente las ‘peleas de gallos’ o la ‘fiesta taurina’, ya que ello es una cuestión que no fue planteada en el juicio de amparo. En ese sentido, la única decisión de la Sala fue que el Estado de Nayarit carece de competencia para declarar a estas actividades como patrimonio cultural inmaterial’.
Fue la Asociación Civil ’Cuenta conmigo’, fue quien interpuso la demanda de amparo, así como el amparo en revisión, contra actos del Congreso del Estado de Nayarit y otras autoridades consistentes en la aprobación de la iniciativa del decreto que tiene por objeto declarar a la charrería, el jaripeo regional y estatal, el adestramiento de caballos bailadores, las carreras de caballos, las fiestas taurinas y las peleas de gallo como patrimonio cultural inmaterial.
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