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SCJN otorga amparo a Ríos Piter para consumo recreativo de mariguana


*El amparo concedido a Armando Ríos Piter es el tercero que concede SCJN para el uso recreativo de la mariguana.

SCJN otorga amparo a Ríos Piter para consumo recreativo de mariguana
Junio 13, 2018 19:40 hrs.
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La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió a Armando Ríos Piter el amparo que le permite ejercer el consumo recreativo de la mariguana así como su cultivo.

Este es el tercer amparo que la SCJN otorga para el uso recreativo de la mariguana.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la SCJN aprobó que el senador con licencia y vocero del candidato José Antonio Meade adquiera la semilla para su cultivo sin fines de comercialización o distribución.

En noviembre de 2015, la SCJN avaló el uso lúdico de la mariguana además de su siembra y consumo para consumo personal, sin incluir su comercio, suministro o distribución.

Después de una intensa discusión la Primera Sala de la SCJN avaló en sesión pública con tres votos a favor y uno en contra el amparo propuesto por el colectivo Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART) sobre el uso recreativo de la marihuana.

La Cofepris permite, a través de la Ley General de Salud, la siembra, cosecha y cultivo de la mariguana en estos casos:

Elaboración de un medicamento: se requieren estudios, pasar por un comité y la Cofepris otorga un registro sanitario.
Investigación científica: si los científicos demuestran metodológicamente que sembrando mariguana avanzará su investigación, podrán hacerlo.
Se eliminó la prohibición absoluta prevista en el artículo 237 hacia la cannabis sativa, indica o mariguana.
El THC dejó de ser el único cannabidol reconocido por la ley.
Se determina el uso de menos 1% de la cannabis y sus derivados para el sector industrial.
Se puede hacer publicidad de los productos que ya existen en el país.

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